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DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL AZUAY

Art. 7.- Difusión de la Información Pública

 

Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria


a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;

* Estructura Orgánica Funcional  

* Base legal  

* Regulaciones y Procedimientos Internos

* Metas y Objetivos de las unidades administrativas  

 

b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal;

* Directorio Telefónico  

* Distributivo de personal  

 

c) La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;

* Remuneración mensual    

 

d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones;

* Servicios que ofrece y forma de acceder a ellos 

* Horarios de Atención 

 

f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción;

* Formularios o formatos de solicitudes

 

g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos;

 * Presupuesto Anual

 

h) Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal;

 * Auditorías internas y gubernamentales

 

i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones;

 * Procesos precontractuales

 

j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;

 * Empresas y personas incumplidas

 

k) Planes y programas de la institución en ejecución;

 * Planes y Programas

 

l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés;

 * No aplica

 

n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos;

 * Viáticos

 

 o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata esta Ley;

 * Responsable información pública

 

p) La Función Judicial y el Tribunal Constitucional, adicionalmente, publicarán el texto íntegro de las sentencias ejecutoriadas, producidas en todas sus jurisdicciones;

 * Sentencias ejecutoriadas

 

t) El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, adicionalmente publicará el texto íntegro de sus sentencias ejecutoriadas, producidas en todas sus jurisdicciones.

 * Sentencias ejecutoriadas

 

 

La información deberá ser publicada, organizándola por temas, ítems, orden secuencial o cronológica, etc., sin agrupar o generalizar, de tal manera que el ciudadano pueda ser informado correctamente y sin confusiones.

 

Última actualización el Jueves, 08 de Julio de 2010 14:42
 

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